México.- Los legisladores llevaban varios meses postergando la regulación de la marihuana… nada más como cinco años. Los senadores le pasaron un dictamen a los diputados desde hace unas semanas y ahora es oficial. La cámara de San Lázaro aprobó la Ley de Regulación de la Marihuana en lo general y se sigue discutiendo en lo particular, pero esta no es la “legalización” que querías si eres consumidor.
Más allá de esa maniobra cuestionable de aprobarlo dos días después del 8 de marzo, diversas asociaciones señalan que este dictamen no sólo no libera a la planta, sino que además obliga a quien guste consumirla, plantarla o portarla, a registrarse ante el gobierno. Cosa que ningún consumidor de alcohol o cigarro deba hacer.
Además de tenerte registrado, la ley del cannabis no te asegura si quiera que tu solicitud para ser consumidor reconocido sea aprobada, deja tú que se te permita plantar o fumar en tu casa. Pese a que la Suprema Corte ordenó a los legisladores reformar lo necesario para que los ciudadanos pudieran tener un libre ejercicio de su personalidad, este dictamen no beneficia al pacheco y ahora te lo explicaremos.
Este proceso de regulación del cannabis, tal como ya se lo habíamos contado aquí antes, favorece al mercado pero criminaliza al consumidor. Esto significa que no vas a poder salirte a fumar un porro al parque, pero a lo mejor sí significa que vas a poder comprar mota legal. Hemos analizado lo que se aprobó y lo que no por un periodo de 4 horas con 20 minutos y aquí te lo presentamos para que no te agarren en curva si eres pacheco.
Ese toque que te das mientras caminas al metro o metrobús, seguirá siendo un crimen perseguido con multas que van desde los 6 mil pesos.
La ley te permite cargar máximo 28 gramos de marihuana, o sea que si te agarran con menos no deberían de tener acción penal en tu contra. Pero la puerta de la extorsión policiaca sigue abierta. De cualquier manera se impone un límite para la mota, pero no para el alcohol que almacenas en tu casa.
Si además de necio por estar fumando en la calle, fumas en tu nave, te podrían imponer una multa de hasta 250 mil pesos. Lo curioso es que por conducir alcoholizado sólo te haces acreedor al Torito y la multa no se acerca al cuarto de millón de pesos.
Si la autoridad competente no te otorga el permiso requerido, no obtienes ninguna de esas libertades pues la ley no reconoce ningún derecho nuevo en la Ley General de Salud.
Podrías fumar marihuana si tu casa no se encuentra en un radio de 300 metros de una escuela, un centro cultural, deportivo o religioso. Parece que vas a tener que seguir usando la terraza, azotea o clóset donde te escondías de tus jefes.
Los Clubes Cannábicos parecerían la mejor opción para los consumidores que no tienen tiempo de cultivar para su consumo propio. El problema es que sólo se pueden tener hasta 50 plantas, para un máximo de 20 personas, por Club. Lo que cultives ahí no te lo podrías llevar a tu casa y si quisieras más hierba no puedes pertenecer a otro club.
Suena interesante que por fin podrías ser usuario del autocultivo, pero de no ser dueño de tu casa o de no contar con los requisitos, como el de la distancia respecto a las escuelas, no podrás plantar. La multa por plantar sin permiso es de 6 años de cárcel.
De los únicos de los que no se olvidó la ley, fue de los concesionarios que eventualmente nos podrán vender semillas y flores legales a quienes tengan su permiso y bueno, varo.
Como te pudiste dar cuenta la nueva ley no te ampara como consumidor de marihuana, más bien te obliga a registrarte, cosa que no se le pide a ningún consumidor de alcohol o cigarro. Se prioriza a los usuarios con más poder adquisitivo, ya que de tener más viviendas, se podrán tener más plantas.
IQOS conmemoró 10 años de su lanzamiento en Japón, alcanzando a más de 30.8 millones…
MUCHAS PELIS PERO CIERTO
QUE LA PELEA DE PAUL VS TYSON FUE FALSA PERO CIERTO
OTRA MARILYIN COTE PERO CIERTO
DELICADITAMENTE REAL
AL MISMO TIEMPO QUE ÁNGELA PERO CIERTO