Guardería Luchona.- Las tías y abuelos que cuidaron a las bendiciones ajenas durante el año tendrán que recibir aguinaldo, acorde a lo acordado por la autoridad laboral que determinó que las mamás de las criaturas tienen la obligación de pagarle las prestaciones a sus familiares.
‘Yo pensé que me los cuidaban por amor’, comentó desilusionada una madre justo al salir del antro al que se merecía ir.
La Ley Laboral es clara al respecto, pues cuidar a una bendición por el que se recibe un salario, se considera un empleo formal y el cuidador debe ser inscrito ante el IMSS y recibir sus prestaciones completas, incluido el Aguinaldo.
‘Todos los viernes le cuido a mi prima sus dos hijos que porque tienen reuniones esos días en la noche, y no me ha pagado el aguinaldo’, denunció una chica a su propia familiar al enterarse de la noticia anterior.
Las obligadas a pagar tendrán que limitarse con las botellas de Buchanan’s que pensaban tomarse estos días para juntar para pagar sus obligaciones.
Los abuelitos también podrán exigir el pago de su bono decembrino a su propia hija, de lo contrario ya no se los quedarán para las pijamadas que hacen con ellos para que su mamá se ‘desestrese’.Habló en una combinación de alto castellano con anglosajón isabelino
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